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La Secretaría de Salud en el centro del combate al Covid-19

Con la declaratoria de Emergencia Sanitaria prácticamente subordina los tres órdenes de gobierno en el combate a la pandemia de Covid-19; le dio facultades para islar a las personas, inspeccionar pasajeros, regular el transporte, entre otras

Por: Masiosare, Visitas: 916

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El acuerdo del Consejo General de Salubridad que declara la Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor por el coronavirus SARS-Cov-2 que provoca el Covid.19, otorga a la Secretaría de Salud del gobierno federal facultades que prácticamente ponen a los tres órdenes de gobierno como sus subordinados en el combate de la pandemia en el territorio nacional.

Por ejemplo, le otorga la facultad de aislar a personas que “puedan padecer la enfermedad y de los portadores de gérmenes de la misma, por el tiempo que resulte estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades, cuando así se amerite por razones epidemiológicas”.

También, “la inspección de pasajeros que puedan ser portadores de gérmenes, así como de equipajes, medios de transporte, mercancías y otros objetos que puedan ser fuentes o vehículos de agentes patógenos”. Además de “la utilización de todos los recursos humanos y materiales, para la prestación de la atención médica, y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes”.

Asimismo, le toca “ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluida la clausura temporal de locales o centros de espectáculo”. Y le pone a su disposición los medios del servicio público, de los diferentes modos de transporte concesionados por las autoridades correspondientes.

También podrá regular el “tránsito terrestre, marítimo y aéreo, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público, cualquiera que sea el régimen legal a que estén sujetos estos últimos”.

Así como “la utilización libre y prioritaria de los servicios telefónicos, telegráficos y de correos, así como las transmisiones de radio y televisión, estableciendo las directrices informativas necesarias a fin de transmitir clara y oportunamente las medidas que se adopten para afrontar la contingencia”.

Según el acuerdo, dispondrá de “los servicios públicos directos que se prestarán a la población únicamente serán aquellos que representen una necesidad urgente y que no sean un riesgo para la salud”. Entre otras.

 

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