

AMLO violó suspensiones otorgadas en contra de la termo de Huexca: FPDTA
Abogados de los pueblos presentaron un “incidente por exceso o por defecto en el cumplimiento de la suspensión”; debe gobierno federal informar respecto a por qué dijeron que los amparos ya se resolvieron
Por: Jaime Luis Brito, Visitas: 978
Este jueves 17 de septiembre la defensa legal en contra del Proyecto Integral Morelos (PIM), interpuso cuatro incidentes de violación a suspensiones de amparo en contra del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador; del director de la CFE, Manuel Barttlet Diaz y la directora de la Conagua, Blanca Elena Jiménez Cisneros.
Integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua (FPDTA) Morelos, Puebla y Tlaxcala informaron que sus abogados presentaron un “Incidente por Exceso o Defecto en el Cumplimiento de la Suspensión”, contemplado en los artículos 206 a 209 de la Ley de Amparo que obliga a las autoridades responsables para que, en el plazo de 3 días a partir de su legal notificación, informen sobre los hechos que se denuncia han violado la suspensión.
“Si se demuestra que las autoridades están violando o no cumplen con la suspensión, como es el caso, el Juez de Distrito les requerirá que, en el término de 24 horas rectifiquen su actuar o de lo contrario se dará vista al Ministerio Público Federal sobre el delito de incumplimiento de suspensión, lo que amerita una pena de 3 a 9 años de prisión”, informaron a través de un comunicado de prensa.
El Presidente López Obrador, el director de la CFE y la directora de Conagua, añadieron, deberán informar ante el juzgado federal por qué han dicho que todos los amparos en torno a la operación de la central termoeléctrica de Huexca se han resuelto, cuando existen vigentes suspensiones que protegen los derechos al agua de los ejidos de Ayala, las tierras del ejido de Amilcingo sobre el gasoducto y la integridad ambiental del Río Cuautla que reclama la comunidad de Huexca.
“En los incidentes la defensa señala que siendo un hecho notorio entonces que, las autoridades responsables están realizando y van a realizar diversas acciones para que en el mes de diciembre inicie el funcionamiento del Proyecto Integral Morelos, basados en que ya se resolvieron todos los amparos, no hay suspensiones vigentes y, por lo tanto, no hay impedimento legal alguno para que se lleve a cabo el proyecto, lo cual es totalmente falso, pues el presente amparo cuenta con suspensión de plano”, señalaron.
En el amparo 1185/2019 del ejido de Amilcingo, el 5 de diciembre de 2019, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito confirmó la suspensión de plano del funcionamiento del Gasoducto Morelos “suspendiendo la inminente operación del gasoducto Morelos, toda vez que pudiera tener por consecuencia la privación total o parcial de las tierras del núcleo ejidal; así también, para que no se lleve a cabo ningún tipo de construcción o modificación, otorgamiento o expedición de cualquier tipo de licencia o autorización para tal fin”.
Esa suspensión, aseguraron, se encuentra vigente y el amparo apenas está en periodo de desahogo de pruebas, por lo que su resolución definitiva podría tardar 2 años más.
En el caso de la protección al agua de los ejidos, la situación es similar en los amparos 1180/2019 y 162/2020, agregaron, contando con una suspensión de plano “para el efecto de que no se altere, modifique, desvíe y/o cambie el rumbo de las aguas del Río Cuautla, con el objeto de que sigan alimentando los canales de riego que pasan por el ejido inconforme… lo anterior, hasta en tanto se resuelva en definitiva el presente juicio de amparo”.
En el caso de las aguas contaminadas de descarga de la termoeléctrica hacia el Río Cuautla reclamadas en el amparo 1823/2014, la defensa argumenta que incluso se ha incumplido ya con las recomendaciones establecidas por la Unesco al aumentar, presuntamente, el volumen de agua que recibe la planta tratadora a 885 litros por segundo, cuando la comisión de la Unesco recomendó en su punto 1.5 no comprometer el buen funcionamiento de la planta de acuerdo a su capacidad máxima de diseño que es de 630 litros por segundo, por lo que, de ser ciertas las cifras de la Directora de la Conagua, 255 litros por segundo estarían contaminado el Río Cuautla, pues la planta no tiene capacidad para tratar las supuestas aguas que aumentaron.
“Los pueblos y ejidos que se defienden contra la imposición del PIM agotarán todos los recursos legales que tengan para proteger su vida y patrimonio, pero si el poder del gobierno pretende pasar por encima del llamado Estado de Derecho y corromper aún mas al poder judicial y a falsos representantes, para aparentar acuerdos y diálogos, será el pueblo entonces quien, por sus propios medios, haga valer sus derechos”, advirtieron.
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